En el BOE de 18 de Abril de 2024 se publica la Relación Provisional de Admitidos y Excluidos para la selección de 110 Plazas en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, Especialidad de Estadística.
Se concede a los aspirantes un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOE, para que tanto los aspirantes excluidos como los omitidos, por no figurar en las listas de admitidos ni en la de excluidos, subsanen los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión . El plazo va desde el 19 de Abril de 2024 al 03 de Mayo de 2024.
Se convoca a los opositores admitidos para la realización del ejercicio, el día 18 de mayo de 2024, a las 11:00 horas, en el edificio de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid, ciudad Universitaria de Cantoblanco, calle Kelsen, 1, 28049 Madrid.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/04/18/pdfs/BOE-A-2024-7729.pdf
En el BOE de 22 de Febrero de 2024 se ha publicado la Apertura del plazo de solicitudes para cubrir 110 Plazas en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, Especialidad de Estadística.
La presentación de solicitudes se desarrollará entre el 23 de Febrero de 2024 y el 21 de Marzo de 2024.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/22/pdfs/BOE-A-2024-3392.pdf
Tasas de Examen: 15.57 Euros.
Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el siguiente Punto de Acceso General mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve en cualquiera de sus modalidades.
https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias
La presentación por esta vía permitirá:
- La cumplimentación e inscripción en línea del modelo oficial 790.
- Anexar, en su caso, documentos escaneado a su solicitud.
- El pago electrónico de las tasas.
- El registro electrónico de la solicitud.
- La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.
- La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.