En el BOE de 26 de Febrero de 2025 se publica la Relación Provisional de Admitidos y Excluidos para la selección de 88 Plazas en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, Especialidad de Estadística.
Se concede a los aspirantes un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOE, para que tanto los aspirantes excluidos como los omitidos, por no figurar en las listas de admitidos ni en la de excluidos, subsanen los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión . El plazo va desde el 27 de Febrero de 2025 al 12 de Marzo de 2025.
Se convoca a los opositores admitidos para la realización del ejercicio, el día 23 de marzo de 2025, a las 11:00 horas, en el edificio de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid, Ciudad Universitaria de Cantoblanco, calle Kelsen,1, 28049 Madrid.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/02/26/pdfs/BOE-A-2025-3815.pdf
En el BOE de 30 de Diciembre de 2024 se ha publicado la Apertura del plazo de solicitudes para cubrir 88 Plazas en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, Especialidad de Estadística.
La presentación de solicitudes se desarrollará entre el 31 de Diciembre de 2024 y el 29 de Enero de 2025.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/12/30/pdfs/BOE-A-2024-27441.pdf
Tasas de Examen: 15.57 Euros.
Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el siguiente Punto de Acceso General mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve en cualquiera de sus modalidades.
https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias
La presentación por esta vía permitirá:
- La cumplimentación e inscripción en línea del modelo oficial 790.
- Anexar, en su caso, documentos escaneado a su solicitud.
- El pago electrónico de las tasas.
- El registro electrónico de la solicitud.
- La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.
- La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.